Instalar un nuevo ascensor en un edificio que no dispone de él es uno de los acuerdos más habituales y también más conflictivos en comunidades de propietarios. Requiere una mayoría cualificada y puede generar disputas sobre el reparto del coste.
Mayoría necesaria: 3/5
Para aprobar la instalación de un nuevo ascensor se necesitan votos favorables de al menos 3/5 del total de propietarios y cuotas de la comunidad (art. 17.2 LPH — verificar en BOE.es). La base es el total de la comunidad, no solo los asistentes.
Los propietarios ausentes notificados que no se opongan en 30 días se consideran favorables.
Calculadora de mayoría 3/5
Necesitas ≥ votos y ≥%
¿Quién puede quedar exento del pago?
Según la LPH (verificar art. 17.4 en BOE.es), si el coste de la instalación supera el importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, los propietarios que hayan votado en contra y no tengan interés en el ascensor pueden quedar exentos del pago. Sin embargo, esta exención desaparece si en el futuro quieren hacer uso del ascensor.
Esta es una materia con bastante litigiosidad. Si hay propietarios que quieren alegar exención, recomendamos consultarlo con un asesor jurídico antes de la junta.
Pasos para aprobar la instalación
- Obtener presupuestos — pide al menos 3 presupuestos comparativos a empresas instaladoras. Adjúntalos a la convocatoria.
- Convocar la junta — incluir el punto expresamente en el orden del día con el importe total y el reparto por cuotas.
- Votar — necesitas 3/5 del total de propietarios y cuotas.
- Notificar a los ausentes — disponen de 30 días para oponerse.
- Redactar el acta — con el resultado detallado y la mención a las notificaciones.
- Solicitar licencia de obras al ayuntamiento si es necesario.
Qué debe incluir el acta
- El importe total de la obra y de cuántos presupuestos se presentaron.
- El reparto del coste entre propietarios (por coeficiente).
- Los votos a favor, en contra y abstenciones, con sus cuotas.
- La referencia al art. 17.2 LPH.
- La indicación de que los ausentes serán notificados y tienen 30 días para oponerse.
- Si algún propietario alega querer quedar exento, hacerlo constar.
¿Vas a votar la instalación del ascensor?
ActaFácil genera el acta correctamente con la mayoría de 3/5 y te avisa si el acuerdo puede ser impugnable.
Generar acta gratis →