El cambio de administrador de fincas es uno de los acuerdos más delicados que puede adoptar una comunidad. Requiere mayoría de 3/5 y conviene prepararlo bien para evitar conflictos legales con el administrador saliente.
Mayoría necesaria: 3/5
Se necesitan votos favorables de al menos 3/5 del total de propietarios y cuotas de la comunidad (art. 17.3 LPH — verificar en BOE.es). Los propietarios ausentes notificados que no se opongan en 30 días se consideran favorables.
Antes de la junta: qué preparar
- Revisar el contrato vigente — verifica si hay cláusulas de permanencia, preaviso obligatorio o penalizaciones por rescisión anticipada.
- Buscar un sustituto — ten preparado el nuevo administrador con su propuesta económica. Es recomendable presentarlo en la junta para que los propietarios puedan comparar.
- Convocar expresamente — el punto debe indicarse de forma clara en la convocatoria: "Cese del administrador actual y nombramiento de nuevo administrador".
El día de la junta
Presenta brevemente los motivos del cambio y la propuesta del nuevo administrador. Realiza la votación y registra correctamente los votos. Si el resultado es favorable, notifica al administrador saliente de forma fehaciente (burofax recomendado) indicando la fecha efectiva del cese.
Qué debe constar en el acta
- El cese del administrador actual con nombre completo y, si procede, número de colegiado.
- El resultado de la votación (votos y cuotas).
- El nombramiento del nuevo administrador con sus datos y condiciones del contrato (honorarios, duración).
- La referencia al art. 17.3 LPH.
- La indicación de que los ausentes serán notificados.
Traspaso de documentación
El administrador saliente está obligado a entregar toda la documentación de la comunidad: libros de actas, contratos vigentes, cuentas bancarias, llaves de acceso, seguros, etc. Es recomendable hacer el traspaso mediante acta notarial o al menos un inventario firmado.
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