El error más frecuente en las juntas de propietarios autogestionadas es aplicar una mayoría incorrecta. Un acuerdo puede ser perfectamente válido en cuanto a votos y quórum, y aun así ser impugnable si se aplicó la mayoría equivocada. Esta guía resume los 4 tipos de mayoría de la LPH, cuándo aplica cada uno y cuál es la base de cálculo.
Resumen de los 4 tipos de mayoría
| Tipo | Base | Aplica a | Art. LPH |
|---|---|---|---|
| Mayoría simple | Asistentes | Acuerdos ordinarios: cuentas, presupuesto, cargos, mantenimiento | 17.7 |
| 1/3 del total | Total comunidad | Telecomunicaciones, energía renovable | 17.1 |
| 3/5 del total | Total comunidad | Ascensor, pisos turísticos, cambio de administrador, nuevos servicios | 17.2-17.4, 17.12 |
| Unanimidad | Todos | Modificación de estatutos, título constitutivo, venta de elementos comunes | 17.6 |
Verificar versión vigente en BOE.es.
Mayoría simple — la regla general
Es el tipo de mayoría que se aplica a todos los acuerdos que no tienen una exigencia especial. Necesitas más votos a favor que en contra Y que las cuotas de los favorables superen la mitad de las cuotas de los asistentes. Importante: la base son los asistentes, no el total de la comunidad.
→ Guía completa sobre mayoría simple con calculadora
1/3 del total — telecomunicaciones y renovables
Se aplica para instalar infraestructuras de telecomunicaciones (fibra, antenas) y sistemas de energía renovable (placas solares, aerotermia). Aquí la base son el total de propietarios y cuotas de la comunidad. Los ausentes notificados que no se opongan en 30 días se consideran favorables.
→ Guía completa sobre la mayoría de 1/3
3/5 del total — acuerdos de mejora importante
Se necesitan votos favorables de 3/5 del total de propietarios y cuotas. Se aplica a decisiones relevantes: instalar un ascensor nuevo, prohibir pisos turísticos, cambiar de administrador, establecer nuevos servicios comunes, o arrendar elementos comunes. Los ausentes también tienen 30 días para oponerse tras ser notificados.
→ Guía completa sobre la mayoría de 3/5
Unanimidad — modificaciones estructurales
Todos los propietarios deben votar a favor. Se aplica a los cambios más importantes: modificar los estatutos o el título constitutivo, o vender elementos comunes. Un solo voto en contra lo bloquea.
→ Guía completa sobre la unanimidad
La diferencia clave: asistentes vs. total
El aspecto más confuso de las mayorías en comunidades de propietarios es que no todas se calculan sobre la misma base:
- Mayoría simple: solo cuentan los presentes y representados en la junta.
- 1/3, 3/5 y unanimidad: se calculan sobre el total de propietarios y cuotas de la comunidad, independientemente de quién asistió.
Esta diferencia es fundamental: para aprobar un acuerdo de 3/5 puede ser necesario que propietarios que no asistieron a la junta sean notificados y no se opongan en 30 días.
Calcula la mayoría automáticamente
En ActaFácil, para cada punto del orden del día la app muestra qué mayoría aplica, cuántos votos necesitas y si el acuerdo puede ser impugnable.
Generar acta gratis →